Código de ética CIMEE Morelos

Código de ética del Colegio de Ingenieros Mecánicos electricistas y electrónicos del Estado de Morelos, Asociación Civil (CIMEE MOR)

Artículo 1o. Los integrantes del Colegio de Ingenieros Mecánicos, Electricistas y Electrónicos del Estado de Morelos, Asociación Civil (CIMEE MOR), son profesionistas que utilizan sus conocimientos en diferentes áreas de la ciencia y de la tecnología, con el fin de cumplir con el objeto social del CIMEE MOR, integrando de esta manera un grupo mul􀆟disciplinario enfocado a resolver problemas específicos del gremio y de la sociedad.

Artículo 2o. Los integrantes Colegiados están unidos al CIMEE MOR, por medio de un nombramiento del Consejo Direc􀆟vo. En consecuencia, los integrantes están obligados a observar lealtad al CIMEE MOR, ya que su actuación compromete en menor o mayor grado la actuación de la misma.

Artículo 3o. Los integrantes Colegiados deben oponerse a los obje􀆟vos y acciones del CIMEE MOR, sólo cuando éstos sean en perjuicio del interés social o colec􀆟vo.

Artículo 4o. Es obligación de los integrantes Colegiados valorar el trabajo de los demás integrantes, así como también, respetar las creencias políticas, ideológicas y religiosas de los mismos. También deben escuchar con atención las opiniones de los integrantes, para así adoptar las mejores decisiones que convengan al desarrollo integral de la Asociación

Artículo 5o. En la realización de cualquier tipo de actividad, esto es, en asambleas, en reuniones, en reuniones de trabajo, mesas de trabajo, etc., los integrantes Colegiados deben adoptar una actitud abierta, honesta y conciliadora. Es su obligación informar al CIMEE MOR de todas aquellas situaciones, conflictos o intereses personales, que puedan poner en peligro su imparcialidad en las reuniones.

Artículo 6o. Por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, los integrantes Colegiados deben apoyar decisiones, planes, proyectos o programas de trabajo, que pongan en peligro el equilibrio ecológico. Los integrantes Colegiados son unos fervientes luchadores por el restablecimiento del medio ambiente ecológico y social. Por ello, deben exigir durante su participación en acciones y proyectos, que mejoren los sistemas en la lucha contra la contaminación en cualquiera de sus formas y que además velen por la protección e integridad física del hombre, seres vivos y animales.

Artículo 7o. Los integrantes Colegiados deben ser capaces de valorar la información que reciban de acuerdo con el grado de confidencialidad de la misma, con el fin de utilizarla sin afectar a los diversos intereses que identifican a los sectores que participan en las actividades del CIMEE MOR.

Ar􀆡culo 8o. Los integrantes Colegiados deben adoptar decisiones que concilien los intereses de los diferentes sectores que par􀆟cipan en el CIMEE MOR, con el fin de que las ac􀆟vidades se desarrollen con orden y armonía, y en beneficio de todos los sectores de la sociedad mexicana.

Artículo 9o. Los integrantes Colegiados rechazan todo 􀆟po de beneficios personales que no emanen del ejercicio honesto de su profesión. Su conducta está basada en los lineamientos y disposiciones que dictan las leyes y reglamentos del país y, muy especialmente, en los principios, procedimientos estatutos y reglamentos que establezca el CIMEE MOR.

Artículo 10o. Es obligación de los integrantes Colegiados denunciar a todas aquellas personas físicas o morales que incurran en actividades ilícitas o que actúen en forma contraria a las disposiciones del CIMEE MOR.

Artículo 11o. Los integrantes Colegiados están obligados a fortalecer el espíritu de fraternidad, unión y respeto entre los integrantes de los mismos, así como también el de enaltecer el buen nombre de la Asociación.

Artículo 12o. Es deber insoslayable de los integrantes Colegiados el cumplimiento de los principios establecidos en este Código de Étuca. Su actuación debe estar encaminada hacia el logro de los objetuvos del CIMEE MOR, para conseguir el desarrollo integral de la misma, así como de la sociedad mexicana.